REHABILITACIÓN E IMPERMEABILIZACIÓN DE FACHADAS EN VALENCIA

Licencia de Obras Menores en Valencia para Rehabilitación de Fachadas:

GRUPO IMPERCOM realiza para sus clientes, toda la gestión de obtención de Licencia obras para la Rehabilitación de Fachadas ante el ayuntamiento de Valencia sin costo  adicional por ello, es un servicio  más que ofrecemos para facilitarle esta engorrosa tarea. Déjelo en nuestras manos que sabemos y podemos.

Se acaba de aprobar en el mes de febrero una nueva ordenanza para la obtención de licencia de obras menores en Valencia en la que se regula la tramitación de éstas tanto para la rehabilitación de fachadas como para el interior de viviendas.

Quién lo puede solicitar?

La puede solicitar personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o propietarios, que estén interesados e la realización de una obra de las características indicadas anteriormente en el término municipal de Valencia.

Cuando solicitarlo

Un mes antes de la realización de la obra.

Documentación a presentar

Solicitud de licencia de acondicionamiento menor en viviendas y locales, según modelonormalizado, acompañado de la siguiente documentación:

Descripción:

Son obras menores todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las modificaciones de la disposición interior de los edificios. No se consideran obras menores  aquellas que impliquen modificación de usos.

En ningún caso, las obras menores supondrán alteración del volumen o superficie construida, restructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del numero de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura ( pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior ni mermaran las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación.

Licencia de Obras Menores en viviendas y locales:

  • Obras de acondicionamiento menor en viviendas:

          Requisitos:
          - No impliquen el cambio de uso de vivienda.
          - No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes del edificio, condiciones         
          de seguridad, especialmente estructura y ubicación de conductos generales de saneamiento
          vertical, ventilación, ni en el aspecto exterior de las edificaciones, ni se sobrepasen las          
          sobrecargas con las que fueron calculadas.
  • Obras de acondicionamiento menor en locales:

          Requisitos:
          - No afecte la estructura del local.
          - No modifique el uso del mismo.
          - No incidan sobre el ejercicio de la actividad, o modifiquen los términos o condiciones en
          que se autorizó la misma en la correspondiente licencia o comunicación. En concreto, no
          podrán implicar una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios, en relación
          con el cumplimiento de la normativa vigente, en materia de protección contra incendios,
          estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección,
          alarma y extinción, alumbrado de emergencia, ni modificar los recorridos de evacuación,
          aforo, establecer nueva distribución, o modificar las instalaciones de aislamiento acustico o
          similar.      

  • Memoria descriptiva de obras a realizar.
  • Presupuesto desglosado y total ( indicando detalle del IVA).
  • Plano de emplazamiento.
  • Documento en donde conste referencia catastral del inmueble.
  • Si se efectúa superposición de pavimentos: certificado de seguridad, firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.
  • En caso de que la obra afecte a la distribución de espacios interiores, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y normas de habitabilidad y diseño y garantizar que la misma no afecta la seguridad estructural del inmueble.
  • En caso y tratandose de obras menores en locales, copia de licencia o comunicación que autorice el ejercicio de la actividad.
  • Asimismo, cuando resulte preceptivo, se requerirá la documentación precisa que determine la legislación automática vigente en materia de patrimonio cultural.
  • Con carácter geenral, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de las fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos.

Documentación específica para obras de Conservación y mantenimiento de Fachadas y Medianeras.

1- Las solicitudes de conservación y mantenimiento de fachadas   y medianeras   acompañar la siguiente documentación:

2- Presupuesto desglosado y total (indicando detalle del IVA)

3- Plano de emplazamiento.

4- Documento en el que conste referencia catastral del inmueble.

5- Fotografía de la fachada ( en color), tamaño 13x18.

6- Propuesta cromática que se proyecta para la fachada.

7- Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.

8- Estudio o estudio básico de seguridad y salud o certificación colegial acreditativa de su disponibilidad.

9- Proyecto Básico de obra

10- Designación de la dirección técnica de las obras.

2- En el supuesto de que la obra precisara la instalación de un andamio, se incluirá, además, la documentación precisa para su autorización.

  • 3- Asimismo, cuando resulte preceptivo, se requerirá la documentación precisa que determine la legislación autónoma vigente en materia de patrimonio cultural.

    Resolución

  • 1- El plazo para resolver las solititudes de licencias de obra menor será de un mes a contar desde la fecha en que la documentación completa tenga entrada en el registro municipal correspondiente, excepto para aquellas que afecten inmuebles catalogados, consideradas como licencias de intervención según la legislación urbanística, que será de tres meses.